Proposición con Punto de
Acuerdo que presenta el Diputado Jesús de León Tello conjuntamente con los
Diputados integrantes del Grupo Parlamentario “Alonso Lujambio Irazábal” del
Partido Acción Nacional, con objeto de requerir en términos del artículo 67 Fracción
XL de la Constitución Política del Estado de Coahuila, al Ejecutivo del Estado,
para que informe a esta Soberanía de forma detallada e individual todos los
programas y proyectos que se desprendan
del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016.
La
representación que ostentamos como Poder Legislativo implica la potestad de
requerir a cualquiera de los demás Poderes del Estado a través de la
presentación de proporciones con punto de acuerdo en los términos de los
artículos 179 y 180 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente
Libre y Soberano de Coahuila, la información de los asuntos que estén dentro de
nuestra competencia y facultades cuando así lo estimemos conveniente para el
buen desarrollo y el debido ejercicio de nuestras funciones como legisladores
en términos del artículo 67 Fracción XL de nuestra Constitución Política del
Estado de Coahuila.
El
artículo 67 Fracción XL de nuestra Constitución Política del Estado de
Coahuila, al que hicimos referencia en el considerando previo nos faculta sin
lugar a interpretación a requerir informes entre otros poderes, al Titular del
Ejecutivo del Estado y este tiene el deber constitucional de rendirlos en los
términos del artículo 84 Fracción VI de nuestra Constitución Local, disposiciones
legales que me permito transcribir literalmente en vía de debida fundamentación
del presente punto de acuerdo:
“Artículo 67. Son atribuciones del Poder
Legislativo:
XL. Solicitar informes al Ejecutivo del Estado y al
Supremo Tribunal de Justicia sobre asuntos de su competencia, cuando lo estime
conveniente para el mejor ejercicio de sus funciones.”
“Artículo 84. Son deberes del Gobernador:
VI. Rendir los informes que le solicite el Congreso
del Estado en los términos de la fracción XL del artículo 67.”
Dentro
de las atribuciones del Poder Legislativo esta examinar, discutir y aprobar
anualmente el Presupuesto de Egresos del Estado, atribución contenida en el
artículo 67 fracción XXXIII de la Constitución Local, en relación con los
artículos 93 fracción I, 212 fracción I, numeral 6, de nuestra Ley Orgánica del
Congreso del Estado, por lo que resulta necesario e indispensable para los
Diputados que integramos el Grupo Parlamentario “Alonso Lujambio Irazábal” del
Partido Acción Nacional, para el mejor ejercicio de nuestras funciones, obtener
información más detallada del Presupuesto de Egresos del Estado para el
ejercicio fiscal 2016, para tomar las acciones y decisiones necesarias para que
los recursos que se ejerzan en el ejercicio fiscal de dicho presupuesto se
ejerzan con responsabilidad, eficacia, transparencia y sean invertidos en
programas y proyectos que verdaderamente atiendan la demanda de los
coahuilenses y vayan en armonía con el Plan de Desarrollo del Estado, los
Planes de Desarrollo Regionales y Municipales, disposiciones legales invocadas
en el presente párrafo que me permito transcribir literalmente en vía de debida
fundamentación del presente punto de acuerdo:
“Artículo 67.
Son atribuciones del Poder Legislativo:
XXXIII.
Examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de
Egresos del Estado, discutiendo primero los ingresos que deben decretarse para
cubrir el ejercicio presupuestal, tomando en cuenta, entre otros elementos, los
informes de la entidad de fiscalización superior.
….”
“ARTÍCULO
93.- La Comisión de Presupuesto conocerá de los asuntos relacionados con:
I.
Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado;
ARTÍCULO
212.- Todas las votaciones se verificarán por mayoría de los diputados
presentes, a no ser en aquellos casos en que la Constitución y esta ley exigen
las dos terceras partes de los votos.
Se requiere
el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, cuando se trate
de:
I. Iniciativas de leyes o decretos en materia:
….
6) Las relacionadas con las Leyes de Ingresos
del Estado y de los Municipios así como
con el Presupuesto de Egresos del Estado.
….”
Que
dentro de los deberes del Gobernador es presentar al Congreso del Estado el
proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado correspondiente a cada ejercicio
fiscal en los términos del artículo 84 fracción VIII de nuestra Constitución
Local, con relación al artículo 17 de la Ley Reglamentaria del Presupuesto de
Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza, con lo que aplica el refrán en el
sentido que el Ejecutivo propone y el Legislativo dispone, por lo que es aquí
donde compañeros diputados, los exhorto en poner nuestro mejor empeño y
trabajo, para disponer un verdadero Presupuesto de Egresos del Estado que vaya
acorde con la realidad y demandas sociales que hemos recogidos en todos
nuestros distritos electorales y se ajuste a los Planes de Desarrollo Estatal,
Regionales y Municipales, y no sean invertidos dichos recursos por simples
ocurrencias sin cumplir a cabalidad su verdadero objetivo de impulsar el
desarrollo integral del Estado, los artículos referidos establecen lo
siguiente:
“Artículo 84.
Son deberes del Gobernador:
VIII.
Presentar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de
Presupuesto de Egresos del Estado, correspondientes a cada ejercicio fiscal.”
“ARTICULO 17.- El C.
Gobernador deberá presentar a la consideración de la Legislatura del Estado, el
Proyecto de Presupuesto de Egresos, en un plazo de 30 días contado a partir de
la fecha en que se inicie el Período Ordinario de Sesiones del Congreso.”
Por lo anterior proponemos se requiera al Ejecutivo
del Estado en términos del presente punto de acuerdo para que provea de mayor
información a esta representación popular, en términos del artículo 67, fracción XL, de la
Constitución Política del Estado de Coahuila, para el mejor ejercicio de
nuestras funciones en la aprobación del Presupuesto de Egresos del Estado para
el Ejercicio Fiscal 2016, toda vez que la información que siempre se acompaña
con el Presupuesto de Egresos correspondiente, es carente de información
detallada que es necesaria para conocer la forma de aplicación del mismo y el
impacto que tendrá en beneficio de los Coahuilenses.
Fundamos
esta petición en los Artículos 21, Fracción VI, 24, Fracción II, 179, 180 y 182
de La Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado
sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente:
PROPOSICIÓN
CON PUNTO DE ACUERDO:
Dadas las características del caso, solicitamos que sea resuelta en la vía de
urgente y obvia resolución.
Único: Se requiera al Ejecutivo
del Estado, en términos del artículo 67 Fracción XL, de la Constitución
Política del Estado de Coahuila para que informe a esta Soberanía Popular de
forma detallada y sin escatimar los siguientes requerimientos de información al
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016:
I.-
Informe sobre los planes y programas, de forma individual que se desprendan del
Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, partida específica a la
que corresponde el gasto, concepto, Secretaria o Dependencia encargada de
ejecutarlo, monto asignado, fecha de inicio y temporalidad para su ejecución,
número de personas o habitantes que beneficia, si se apega a las directrices
del Plan Estatal de Desarrollo, ubicación, reglas de operación y bases
generales para su aplicación, Explicación y justificación, objetivo,
indicadores y metas de los mismos, desglosándose de acuerdo a su ámbito de
aplicación por cada municipio, Región o de forma Estatal.
II.-
El programa anual de obra pública o similar que detalle proyectos de obra,
partida específica a la que corresponde el gasto, Secretaria o Dependencia que
lo ejerza, su ubicación, el costo por cada una y el número de habitantes que se
verán beneficiados, fecha de inicio, tiempo contemplado para su ejecución, así
como la cantidad asignada, su justificación, si se apegan a las directrices del
Plan Estatal de Desarrollo, para cada caso en el Presupuesto de Egresos.
III.-
Informe de los avances en el cumplimiento de los objetivos y metas de
desarrollo establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo;
ATENTAMENTE
SALTILLO, COAHUILA A 30 DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015
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