miércoles, 30 de septiembre de 2015

Saltillo Coahuila: Diputados del PAN.



Proposición con Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Jesús de León Tello conjuntamente con los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario “Alonso Lujambio Irazábal” del Partido Acción Nacional, con objeto de requerir en términos del artículo 67 Fracción XL de la Constitución Política del Estado de Coahuila, al Ejecutivo del Estado, para que informe a esta Soberanía de forma detallada e individual todos los programas y proyectos  que se desprendan del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016.


La representación que ostentamos como Poder Legislativo implica la potestad de requerir a cualquiera de los demás Poderes del Estado a través de la presentación de proporciones con punto de acuerdo en los términos de los artículos 179 y 180 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente Libre y Soberano de Coahuila, la información de los asuntos que estén dentro de nuestra competencia y facultades cuando así lo estimemos conveniente para el buen desarrollo y el debido ejercicio de nuestras funciones como legisladores en términos del artículo 67 Fracción XL de nuestra Constitución Política del Estado de Coahuila.

El artículo 67 Fracción XL de nuestra Constitución Política del Estado de Coahuila, al que hicimos referencia en el considerando previo nos faculta sin lugar a interpretación a requerir informes entre otros poderes, al Titular del Ejecutivo del Estado y este tiene el deber constitucional de rendirlos en los términos del artículo 84 Fracción VI de nuestra Constitución Local, disposiciones legales que me permito transcribir literalmente en vía de debida fundamentación del presente punto de acuerdo:

“Artículo 67. Son atribuciones del Poder Legislativo:

XL. Solicitar informes al Ejecutivo del Estado y al Supremo Tribunal de Justicia sobre asuntos de su competencia, cuando lo estime conveniente para el mejor ejercicio de sus funciones.”

“Artículo 84. Son deberes del Gobernador:

VI. Rendir los informes que le solicite el Congreso del Estado en los términos de la fracción XL del artículo 67.”

Dentro de las atribuciones del Poder Legislativo esta examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos del Estado, atribución contenida en el artículo 67 fracción XXXIII de la Constitución Local, en relación con los artículos 93 fracción I, 212 fracción I, numeral 6, de nuestra Ley Orgánica del Congreso del Estado, por lo que resulta necesario e indispensable para los Diputados que integramos el Grupo Parlamentario “Alonso Lujambio Irazábal” del Partido Acción Nacional, para el mejor ejercicio de nuestras funciones, obtener información más detallada del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2016, para tomar las acciones y decisiones necesarias para que los recursos que se ejerzan en el ejercicio fiscal de dicho presupuesto se ejerzan con responsabilidad, eficacia, transparencia y sean invertidos en programas y proyectos que verdaderamente atiendan la demanda de los coahuilenses y vayan en armonía con el Plan de Desarrollo del Estado, los Planes de Desarrollo Regionales y Municipales, disposiciones legales invocadas en el presente párrafo que me permito transcribir literalmente en vía de debida fundamentación del presente punto de acuerdo:

“Artículo 67. Son atribuciones del Poder Legislativo:
XXXIII. Examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado, discutiendo primero los ingresos que deben decretarse para cubrir el ejercicio presupuestal, tomando en cuenta, entre otros elementos, los informes de la entidad de fiscalización superior.
….”
“ARTÍCULO 93.- La Comisión de Presupuesto conocerá de los asuntos relacionados con:
I. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado;
ARTÍCULO 212.- Todas las votaciones se verificarán por mayoría de los diputados presentes, a no ser en aquellos casos en que la Constitución y esta ley exigen las dos terceras partes de los votos.
Se requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, cuando se trate de: 
I.  Iniciativas de leyes o decretos en materia:
….
6)  Las relacionadas con las Leyes de Ingresos del Estado y de los Municipios así  como con el Presupuesto de Egresos del Estado.
….”

Que dentro de los deberes del Gobernador es presentar al Congreso del Estado el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado correspondiente a cada ejercicio fiscal en los términos del artículo 84 fracción VIII de nuestra Constitución Local, con relación al artículo 17 de la Ley Reglamentaria del Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza, con lo que aplica el refrán en el sentido que el Ejecutivo propone y el Legislativo dispone, por lo que es aquí donde compañeros diputados, los exhorto en poner nuestro mejor empeño y trabajo, para disponer un verdadero Presupuesto de Egresos del Estado que vaya acorde con la realidad y demandas sociales que hemos recogidos en todos nuestros distritos electorales y se ajuste a los Planes de Desarrollo Estatal, Regionales y Municipales, y no sean invertidos dichos recursos por simples ocurrencias sin cumplir a cabalidad su verdadero objetivo de impulsar el desarrollo integral del Estado, los artículos referidos establecen lo siguiente:

“Artículo 84. Son deberes del Gobernador:
VIII. Presentar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, correspondientes a cada ejercicio fiscal.”

“ARTICULO 17.- El C. Gobernador deberá presentar a la consideración de la Legislatura del Estado, el Proyecto de Presupuesto de Egresos, en un plazo de 30 días contado a partir de la fecha en que se inicie el Período Ordinario de Sesiones del Congreso.”

Por lo anterior proponemos se requiera al Ejecutivo del Estado en términos del presente punto de acuerdo para que provea de mayor información a esta representación popular, en términos del artículo 67, fracción XL, de la Constitución Política del Estado de Coahuila, para el mejor ejercicio de nuestras funciones en la aprobación del Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2016, toda vez que la información que siempre se acompaña con el Presupuesto de Egresos correspondiente, es carente de información detallada que es necesaria para conocer la forma de aplicación del mismo y el impacto que tendrá en beneficio de los Coahuilenses.

Fundamos esta petición en los Artículos 21, Fracción VI, 24, Fracción II, 179, 180 y 182 de La Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente:

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO:
Dadas las características del caso,  solicitamos que sea resuelta en la vía de urgente y obvia resolución.

Único: Se requiera al Ejecutivo del Estado, en términos del artículo 67 Fracción XL, de la Constitución Política del Estado de Coahuila para que informe a esta Soberanía Popular de forma detallada y sin escatimar los siguientes requerimientos de información al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016:

I.- Informe sobre los planes y programas, de forma individual que se desprendan del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, partida específica a la que corresponde el gasto, concepto, Secretaria o Dependencia encargada de ejecutarlo, monto asignado, fecha de inicio y temporalidad para su ejecución, número de personas o habitantes que beneficia, si se apega a las directrices del Plan Estatal de Desarrollo, ubicación, reglas de operación y bases generales para su aplicación, Explicación y justificación, objetivo, indicadores y metas de los mismos, desglosándose de acuerdo a su ámbito de aplicación por cada municipio, Región o de forma Estatal.

II.- El programa anual de obra pública o similar que detalle proyectos de obra, partida específica a la que corresponde el gasto, Secretaria o Dependencia que lo ejerza, su ubicación, el costo por cada una y el número de habitantes que se verán beneficiados, fecha de inicio, tiempo contemplado para su ejecución, así como la cantidad asignada, su justificación, si se apegan a las directrices del Plan Estatal de Desarrollo, para cada caso en el Presupuesto de Egresos.

III.- Informe de los avances en el cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollo establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo;

ATENTAMENTE
SALTILLO, COAHUILA A 30 DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015

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